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Tras Torreón, Sheinbaum ordena un decreto para que las redes retiren publicaciones violentas

El decreto saldrá de un grupo con el CNI y la ATDT. El gobierno no precisa qué cuenta como «contenido violento» ni cómo se hallará, y el CNI intensificará el rastreo de comunidades digitales.

Tras Torreón, Sheinbaum ordena un decreto para que las redes retiren publicaciones violentas

La Escuela Secundaria General 13 de Torreón, Coahuila, fue escenario de un ataque el 1 de octubre. Dos agresores mayores de edad asesinaron a la subdirectora Neri Edith Nevárez González y hirieron a cuatro personas, de acuerdo con Uno TV. Según El Universal, eran dos hermanos de 18 años que habían subido a redes videos donde exhibían armas. Ese diario cuenta el caso como el cuarto de este gobierno en que jóvenes agreden a maestros o compañeros dentro de una escuela.

Al día siguiente, 2 de octubre, la presidenta Claudia Sheinbaum dio a conocer un grupo de trabajo que escribirá un decreto para exigir a las plataformas digitales la «detección, reporte y remoción oportuna de contenidos y comentarios que inciten directamente a la violencia», según el comunicado de Presidencia. La norma saldría del Ejecutivo y no pasaría por el Congreso. Entre quienes la redactan están el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT).

las redes sociales tienen una responsabilidad

La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal coordina el equipo. Lo completan la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), la Secretaría de Educación Pública (SEP) e instituciones académicas. Sheinbaum explicó el propósito en su conferencia matutina: «El primer objetivo es exigir a las plataformas digitales que bajen de su contenido en el momento en que encuentren comunicados o acciones que tiendan a la violencia, al abuso o al acoso; es decir, prohibir que haya ese tipo de publicaciones en las plataformas digitales».

Huecos del anuncio: quién decide, cuándo y con qué sanción

El comunicado oficial pone un criterio, el de contenidos que «inciten directamente a la violencia», pero deja sin respuesta quién juzgará si una publicación rebasa ese límite. Tampoco indica a qué plataformas obligará, de cuánto tiempo dispondrán para quitar un contenido ni qué castigo recibirán si no lo hacen. Queda abierto además qué significa «reporte» en la práctica: puede ser que las empresas avisen solo de lo que retiraron o que entreguen a las autoridades los datos de quienes publicaron. En cuanto a coordinación, el texto se queda en «mecanismos de coordinación con las autoridades competentes».

Pocos días después el alcance era mayor. Según El Universal, Sheinbaum adelantó que el decreto se presentará el jueves 8 de octubre y que abarcará acoso, abuso sexual y la difusión de contenido abusivo. «Tiene que haber una limitación en las plataformas de la propagación de acoso, de abuso sexual», afirmó la presidenta, para quien «las redes sociales tienen una responsabilidad», pues son el medio con que más se comunican los jóvenes. El mismo diario consigna que funcionarios federales se acercarían a las empresas esa semana. La mandataria dijo confiar en que acepten, pero advirtió que las medidas se aplicarán de cualquier modo.

La forma de detectar el material es el punto técnico que menos se ha explicado. Las grandes plataformas ya usan en conjunto herramientas contra el extremismo. Una es la base de hashes del Foro Global de Internet contra el Terrorismo (GIFCT), que maneja huellas digitales de videos, imágenes y documentos, entre ellas hashes perceptuales que reconocen contenido parecido en lo visual o en su estructura, según el propio GIFCT. Pero esa base se nutre de material ya atribuido a entidades terroristas o extremistas violentas catalogadas. Un video inédito, como los que según El Universal subieron los agresores de Torreón, no está en ningún registro previo. Para hallarlo hacen falta clasificadores automáticos o revisión humana, guiados por las normas comunitarias de cada empresa. Del lado mexicano no se ha dicho si el gobierno pondrá sus propios criterios o listas para ese trabajo.

En otros países la discusión pasó por el legislativo. La Unión Europea regula la moderación con la Ley de Servicios Digitales, un reglamento que suma obligaciones para los servicios con más de 45 millones de usuarios mensuales en la UE, según la Comisión Europea.

El CNI entra al monitoreo de redes

El comunicado de Presidencia va más allá de lo que pedirá a las empresas. De acuerdo con el documento, la SSPC, a cargo de Omar García Harfuch, «mantiene monitoreo permanente en redes sociales, servicios de mensajería, foros y otros espacios digitales para identificar de manera temprana contenidos, conductas o personas que pudieran representar un riesgo relacionado con expresiones de extremismo violento».

Anuncia también más capacidad de investigación en fuentes abiertas para «reconstruir la actividad digital relacionada con una amenaza, identificar patrones y establecer posibles relaciones entre usuarios». Y agrega que «con apoyo del CNI se incrementará el seguimiento de comunidades y contenidos para identificar patrones, amenazas o posibles llamados a cometer actos de violencia». El texto no habla de controles judiciales ni de plazos para ese seguimiento.

El CNI reemplazó en 2018 al Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen) y depende de la SSPC como órgano desconcentrado. El Congreso aprobó en julio de 2025 una nueva ley del sistema de investigación e inteligencia y una nueva Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicadas en el Diario Oficial el 16 de julio de ese año. Esas leyes dieron al CNI más facultades para recabar información pública y privada) y le abrieron el acceso a la Plataforma Única de Identidad. Partidos opositores y organizaciones civiles las rechazaron porque aumentan la capacidad de vigilancia del Estado.

Por su parte, la ATDT existe desde el 1 de enero de 2025, la dirige José Antonio Peña Merino y desde entonces concentra la política de telecomunicaciones del gobierno federal. Ni el comunicado ni lo dicho después explican qué hará en la aplicación del decreto.

Los precedentes y lo que falta conocer

Lo más parecido en el ámbito federal a una obligación de retirar contenidos es el esquema de «notificación y retirada» de la Ley Federal del Derecho de Autor, vigente desde 2020. El 25 de septiembre, la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) alertó de que una reforma a esa ley, en discusión en la Cámara de Diputados, podría «incentivar el monitoreo de la actividad en línea, la eliminación preventiva de contenidos». Esa organización ya había cuestionado en octubre de 2025 la reforma al Código Fiscal, que obliga a los servicios digitales a darle al SAT acceso «en línea y en tiempo real» a su información y contempla bloquear de forma temporal a quien no cumpla.

El secretario de Educación Pública, Mario Delgado, afirmó que las plataformas tienen que hacerse cargo de los contenidos violentos y probar que serán espacios seguros para menores. Según Presidencia, la SEP reforzará el programa «ABC de las emociones» con asambleas de padres de familia y buzones confidenciales para detectar situaciones de riesgo.

Aparte, el gobierno dijo que promoverá reformas legales para regular el acceso de niñas, niños y adolescentes a las redes sociales. A diferencia del decreto, una reforma de ese tipo necesita aprobación del Congreso. Con el texto del decreto, previsto para el 8 de octubre, se sabrá por fin cómo se define «contenido violento», en cuánto tiempo habrá que retirar las publicaciones y qué atribuciones concretas tendrán el CNI y la ATDT.

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