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Quién puede gobernar México no debe decidirse a toda prisa en los congresos de los estados

Con 86 votos a favor y 42 en contra, el Senado vetó a los aspirantes con doble nacionalidad a la Presidencia y las gubernaturas. Exigimos que las 32 legislaturas locales discutan la reforma antes de darle su voto.

Quién puede gobernar México no debe decidirse a toda prisa en los congresos de los estados

Hay una restricción a derechos políticos que ahora depende de los congresos de los estados, y no debería avanzar sin discusión. El 29 de septiembre, el Senado votó 86 a 42 la reforma a los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución. Con ella queda fuera de la carrera por la Presidencia, por una gubernatura o por la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México cualquier persona que tenga otra nacionalidad, de acuerdo con el comunicado de la Cámara alta. La minuta ya llegó a las 32 legislaturas locales, y con la aprobación de 17 basta. Pensamos que una medida que golpea a mexicanos con raíces migrantes no puede tratarse como formalidad. El Constituyente Permanente está para que cambiar la Constitución sea difícil; si las legislaturas se limitan a estampar su firma sobre lo que manda el Senado, esa salvaguarda pierde sentido.

Qué dice la reforma frente a lo que ya regía

La iniciativa la envió la presidenta Claudia Sheinbaum a fines de agosto. Diputados la aprobó el 22 de septiembre con 344 votos a favor, 116 en contra y una abstención. El Senado la votó siete días más tarde, según El Financiero. Los aspirantes a esos cargos tendrán que ser mexicanos por nacimiento y no poseer otra nacionalidad. Quien la tenga debe renunciar antes de solicitar su registro. Una vez en el cargo, no podrá usar un pasaporte extranjero, ejercer derechos políticos en otro país ni pedir la protección diplomática de otro Estado.

les estamos diciendo desde la Constitución Política que su nacionalidad de origen las hace sospechosas de deslealtad y que su grado de mexicanidad está en duda

La norma actual ya impone condiciones duras. El artículo 32 de la Constitución reserva los puestos que exigen ser mexicano por nacimiento a quienes «no adquieran otra nacionalidad». Según el artículo 82, quien quiera ser presidente debe haber vivido en el país por lo menos 20 años, además de todo el año anterior a los comicios; según el 116, los gobernadores tienen que ser originarios de su estado o contar con cinco años de residencia efectiva. La reforma modifica el criterio de fondo. Ya no pesa el acto de adquirir otra nacionalidad, sino lo que la persona recibió al nacer. Eso alcanza a quien nació en Estados Unidos de padres mexicanos, regresó siendo niño y ha pasado aquí toda su vida adulta.

También choca con una decisión de hace casi tres décadas. Un decreto que reformó los artículos 30, 32 y 37, publicado en el Diario Oficial el 20 de marzo de 1997, dispuso que «ningún mexicano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad». Quienes habían emigrado podían adoptar otra ciudadanía y seguir siendo mexicanos. La reforma de 2026 no les retira la nacionalidad, pero les comunica a ellos y a sus hijos que tenerla doble los inhabilita para gobernar.

La razón más sólida de quienes la defienden

Según El Financiero, Sheinbaum lo planteó el 26 de septiembre en un acto en Sonora: «Solo puede ser mexicano. Ningún presidente puede tener dos banderas o dos pueblos, solamente la bandera de México y el pueblo de México». Desde la tribuna, Óscar Cantón Zetina (Morena) habló de evitar «tentaciones, ambiciones y traiciones».

El temor tiene fundamento. Un jefe de Estado capaz de acudir a la protección diplomática de otro país, o de viajar con el pasaporte de ese país, quedaría en una situación de conflicto real en cualquier negociación con aquel gobierno. Las prohibiciones mientras se ejerce el cargo atienden ese riesgo, y las consideramos defendibles.

Exigir la renuncia antes del registro ya es distinto. Para vigilar la lealtad de quien gobierna están los requisitos de residencia y el voto. Además, renunciar es un trámite que depende de las leyes del otro Estado, con plazos y condiciones que México no maneja. Luis Donaldo Colosio Riojas (MC) alertó que la reforma mezcla ciudadanía con nacionalidad y que a esas personas «les estamos diciendo desde la Constitución Política que su nacionalidad de origen las hace sospechosas de deslealtad y que su grado de mexicanidad está en duda».

Votos justos y cero reservas atendidas

En el Senado se emitieron 128 votos, así que los dos tercios que fija el artículo 135 sumaban 86, si se toma como presentes únicamente a quienes votaron. La reforma alcanzó esa cifra sin un voto de más. El pleno desechó las reservas de Clemente Castañeda (MC), de Maki Ortiz, senadora del Partido Verde, aliado de Morena, y de Manlio Fabio Beltrones, sin grupo parlamentario. PAN, PRI y MC votaron en contra. Cuando una restricción de derechos pasa con el mínimo de votos y sin recoger ni una objeción, ni siquiera la de un aliado, el debate que falta les toca a los congresos locales.

No hay nada que los apure. El artículo 135 no señala plazo alguno para que las legislaturas se pronuncien. Votarla en pocos días no obedece a ningún calendario legal.

Nuestra petición a las legislaturas

A cada congreso estatal le solicitamos, antes de votar, enviar la minuta a comisiones y votar un dictamen con fundamento, sin dispensa de trámites. Pedimos también audiencias públicas con organizaciones de migrantes y de mexicanos retornados, y con constitucionalistas, para responder una pregunta específica: si exigir la renuncia previa guarda proporción cuando ya hay requisitos de residencia de cinco y 20 años. Y reclamamos votación nominal, de modo que cada diputada y diputado local rinda cuentas ante sus electores, también ante los que viven en el extranjero.

En la legislación secundaria, el Congreso de la Unión tendrá que definir qué se considera una renuncia válida y qué pasa si el otro país la niega o la demora más allá del registro. Si la reforma supera ese examen, saldrá más legitimada; si no, mejor enterarse antes de que forme parte de la Constitución.

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