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La Ley de Economía Digital debe fijar calendario, costos y límites a los datos antes de la votación

Esta redacción respalda ampliar los pagos digitales, pero pide a las comisiones del Senado y a Hacienda incluir en el texto el calendario por sector, el costo máximo para microcomercios y límites al uso fiscal de los datos.

Mano que entrega billetes a un comerciante junto a una terminal de pago con tarjeta sobre un mostrador.
Mostrador con terminal de pago y efectivo en un comercio pequeño.

La Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos tiene un propósito razonable y una redacción pendiente. Ampliar los pagos electrónicos puede dar acceso a crédito formal a pequeños comerciantes, reducir riesgos de manejar efectivo y mejorar la trazabilidad de las operaciones. Esta redacción respalda ese propósito. Lo que no respalda es aprobar una transición cuyos plazos todavía no están escritos.

Ocho de cada diez negocios cobran en efectivo

El dictamen reconoce que 80.7 % de las unidades económicas usa efectivo para sus compras y que 83.8 % de sus ventas se realiza en efectivo. También consigna que solo 41.4 % de los adultos hace o recibe pagos digitales, frente a un promedio de 59 % en América Latina y el Caribe. Esas cifras no son un argumento contra la ley; son la medida de la tarea. Cambiar los hábitos de pago de ocho de cada diez negocios no se resuelve con un artículo transitorio.

Las comisiones del Senado lo entendieron así el sábado 17 de octubre, cuando respondieron a las protestas de pequeños comerciantes con una aclaración: el pago electrónico como única forma de cobro se aplicará de manera gradual y sin imponer cargas inmediatas o desproporcionadas al pequeño comercio. La senadora Olga Sosa Ruíz había dicho lo mismo el 14 de octubre, al hablar de una transición por sectores y plazos.

Una promesa no es una garantía

El problema es dónde vive esa promesa. Una aclaración en un comunicado, o una explicación en comisiones, no obliga a nadie. Lo que obliga es el texto de la ley. Esta redacción sostiene que una transición gradual que no está escrita es una promesa, no una garantía. Un pequeño comerciante que bloqueó una avenida para protestar no necesita saber que el Senado tiene buenas intenciones. Necesita saber cuándo, qué sector y con qué costo.

Tres vacíos concentran la preocupación. El primero es el calendario: no está claro cuáles son los sectores ni cuándo corre cada plazo, y en el resumen del dictamen no aparece una tabla con fechas. El segundo es el costo: ningún dato público indica cuánto pagaría un microcomercio por una terminal o por una comisión de cobro. El tercero es el uso de la información: los pagos electrónicos dejan registro, y es razonable preguntar quién accede a él y para qué.

Calendario, tope de costo y límite a los datos

La ley no tiene que renunciar a su objetivo para resolver esos vacíos. Tiene que hacerlos explícitos, y hacerlo en el articulado, donde un juez o un contribuyente puedan invocarlos. El calendario por sector puede escribirse en un artículo transitorio y no en un reglamento posterior, con una fecha para cada giro y una regla para los negocios más pequeños, que deberían ser los últimos en migrar. El tope de costo para microcomercios puede fijarse como un máximo, o como una obligación de ofrecer una opción sin costo. Y el uso fiscal de los datos puede limitarse por finalidad, con una regla clara sobre quién los consulta, bajo qué procedimiento y con qué registro de cada consulta, de modo que el contribuyente pueda saber si su información fue revisada.

Ninguna de estas tres reglas contradice el fin de la ley. Un calendario con fechas permite a un negocio planear su inversión. Un tope de costo evita que la formalización se convierta en un impuesto disfrazado para el comercio más pequeño. Y un límite a los datos protege la confianza de quienes tendrían que usar el sistema, que es la condición para que lo usen de manera voluntaria y no por obligación.

Quienes impulsan la ley sostienen que mejora la seguridad y ayuda a combatir la evasión fiscal. Ambos fines son legítimos. Pero una norma que busca formalizar a quienes operan en efectivo funciona mejor si ofrece certeza antes de exigir cambios. Quienes se oponen tienen un punto: la formalización forzada, sin infraestructura, castiga a quien menos margen tiene.

La petición al Senado y a Hacienda

La petición es concreta porque el momento lo permite: el dictamen ya está aprobado en comisiones y el pleno todavía no vota. Incluir los tres elementos ahora no retrasa la ley más que una sesión; omitirlos puede prolongar el conflicto con los comerciantes durante meses.

Esta redacción pide a las comisiones unidas de Economía y de Estudios Legislativos, Primera, del Senado, y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que incluyan en el texto de la ley, antes de que el pleno la vote, el calendario por sector, un tope de costo para los microcomercios y límites expresos al uso fiscal de los datos de pago. Si el Senado la aprueba sin esos elementos y los deja a un reglamento, el efectivo no desaparecerá de golpe, pero la incertidumbre sí tendrá un costo para quienes menos pueden absorberlo.

El pleno del Senado prevé discutir el dictamen el martes 20 de octubre. Esta redacción pide que esos tres elementos estén en el texto votado ese día.

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