Los partidos conservan la última palabra sobre a quién postulan. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) lo dejó claro el 5 de octubre al validar la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas del Instituto Nacional Electoral (INE), órgano que, a solicitud de los partidos, examinará si quienes aspiran a un cargo en 2027 representan un «riesgo razonable» de vínculo con actividades delictivas. El pleno declaró infundada la acción de inconstitucionalidad que presentó el PRI. La sentencia respeta el núcleo del diseño: la revisión es voluntaria, su resultado es confidencial y nadie queda impedido de registrarse.
Loretta Ortiz Ahlf, ministra ponente, argumentó que la verificación no choca con el derecho a ser votado: no suma un requisito de elegibilidad ni condiciona el registro de candidaturas, y su fin es solo preventivo e informativo, de acuerdo con El Universal.
dotar de elementos a los partidos políticos y candidaturas independientes para una mejor toma de decisiones en relación con las postulaciones que hagan a algún cargo de elección popular
Lo que alegó el PRI y lo que resolvió el pleno
Alejandro Moreno encabeza al PRI, partido que impugnó la reforma. Proceso reporta que su argumento fue que el mecanismo atenta contra el derecho a ser votado, la presunción de inocencia, la privacidad y los datos personales; El Universal agrega que también planteó una afectación a la autonomía del INE.
Para la Corte, un trámite voluntario y anterior al registro no puede ser condición para obtener una candidatura ni motivo de inelegibilidad. Un «riesgo razonable» tampoco declara culpable a nadie. Proceso reportó que el tribunal halló justificada la intromisión en datos personales: el fin es legítimo, la medida es idónea y necesaria, y lo que se gana supera lo que se afecta. El pleno también determinó que el INE no pierde autonomía por trabajar con las autoridades de seguridad y finanzas, ni invade las atribuciones de los organismos públicos locales electorales.
Dentro del pleno hubo diferencias. Sara Irene Herrerías Guerra, ministra, vio una restricción al voto pasivo y planteó ampliar el análisis con más grados del test de proporcionalidad. Giovanni Figueroa Mejía, ministro, defendió la postura contraria: quien lo desee puede quedarse fuera del mecanismo y no sufre efecto jurídico alguno. Así lo relatan las crónicas de Proceso y Grupo Animal.
Las versiones del conteo no coinciden. Según Proceso, la reforma se aprobó por unanimidad. Grupo Animal abrió con una validación «por mayoría de votos», aunque más abajo precisó que los temas de derechos político-electorales, datos personales, autonomía del INE y competencias estatales pasaron de manera unánime, y que varios integrantes emitieron votos concurrentes.
Cómo opera el filtro
Un decreto le dio origen. Cambió el numeral 2 del artículo 42 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) y sumó a ella un Título Segundo Bis dentro del Libro Cuarto. El 2 de junio apareció en el Diario Oficial de la Federación. Con el artículo 200 Bis, partidos y aspirantes independientes pueden presentar, antes de registrarse, listas completas o parciales de las personas que quieren postular para cargos federales o locales.
La comisión manda esos perfiles a las autoridades de seguridad, inteligencia, procuración de justicia y finanzas. El decreto nombra, solo a manera de ejemplo, a estas: Fiscalía General de la República (FGR), Centro Nacional de Inteligencia (CNI), Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). El tercer transitorio deja a esas instancias definir su propia metodología y establecer el riesgo «a partir del análisis de la información indiciaria con la que cuenten para presumir que la persona evaluada está relacionada con actividades delictivas».
Conforme al artículo 200 Ter, la comisión informa a los partidos únicamente «el número y las instancias competentes» que hayan detectado un riesgo razonable, «sin señalar el asunto del que se derive el riesgo». Cuando una de esas autoridades encuentra datos relevantes, puede iniciar o continuar las investigaciones de su competencia.
Los delitos considerados no son solo los de delincuencia organizada. Así lo explicó Ortiz Ahlf durante la sesión: «No es nada más para restringirlo o limitarlo a los delitos de la delincuencia organizada, sino a todo tipo de delitos. O sea, no hay una restricción: puede ser robo, puede ser corrupción», según Grupo Animal.
La comisión se instaló el 7 de septiembre con tres consejeros: Norma de la Cruz Magaña, Arturo Chávez López y Uuc-kib Espadas Ancona, de acuerdo con Proceso. Chávez la preside, según El Universal. Por ley, los integrantes duran tres años en el cargo y cada año cambia quien preside. No hay dinero adicional para la comisión: según el cuarto transitorio, sus gastos se cubren con el presupuesto ya autorizado al INE.
A los partidos les toca decidir si postulan a alguien señalado
Según el párrafo cuarto del artículo 200 Bis, la decisión final es de los partidos: con lo que les informe la comisión, «determinarán sobre la procedencia o no del registro de las personas evaluadas». Nada en el decreto los obliga a enviar listas. Impone confidencialidad a la comisión, no prevé publicar resultados y no fija consecuencias para un partido que registre a una persona con alertas. La ley tampoco contempla cómo saber qué perfiles se revisaron ni a cuáles se avisó de un riesgo.
Ortiz Ahlf resumió el objetivo así: «dotar de elementos a los partidos políticos y candidaturas independientes para una mejor toma de decisiones en relación con las postulaciones que hagan a algún cargo de elección popular», según Grupo Animal. El Universal añade que los partidos son libres de decidir si entregan listas, completas o en parte.
Un caso en el radar es el de Andrés Manuel López Beltrán, hijo del expresidente Andrés Manuel López Obrador. En su anuncio del 1 de octubre dijo haberse inscrito en el proceso interno de Morena para coordinar los comités de defensa del sexto distrito federal de Tabasco, según Infobae. Unos días antes, The New York Times había publicado que dos agencias de seguridad estadounidenses examinan acusaciones contra él por presuntos vínculos con el crimen organizado y el contrabando de combustible, sin investigación formal abierta hasta ahora, de acuerdo con Proceso. Proceso añade que López Beltrán rechazó esos señalamientos. En las fuentes consultadas no consta si Morena mandará su perfil a la comisión.
Lineamientos sin fecha y elecciones de 2027
Por el quinto transitorio, el INE debe expedir con las cuatro instancias unos lineamientos que fijen plazos, criterios y procedimientos de recepción, análisis y entrega de la información, más reglas de protección de datos. En las crónicas de la sesión no se aclara si ya están aprobados ni en qué fecha la comisión empezará a recibir listas.
El 28 de septiembre Morena presentó a siete coordinadores estatales, cargo con el que perfila a sus competidores por las gubernaturas. Ya había nombrado a los de Michoacán, Quintana Roo, Guerrero y Zacatecas, de acuerdo con El Financiero. La jornada electoral es el 6 de junio de 2027: se renovarán la Cámara de Diputados y 17 gubernaturas.
