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Senado aprueba sin cambios la ley de pagos digitales; Hacienda definirá dónde serán obligatorios

El pleno del Senado aprobó el 20 de octubre la ley con el texto de Diputados. Hacienda podrá fijar sectores con pago exclusivamente digital. Las cifras de votos difieren entre conteos y falta publicar la ley en el DOF.

Pleno del Senado de la República durante una votación, con senadores en sus escaños y el tablero de resultados al fondo.
Pleno del Senado de la República durante la sesión del 20 de octubre.

El Senado de la República aprobó el martes 20 de octubre la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos con el mismo texto que la Cámara de Diputados avaló el 6 de octubre. Como no hubo cambios, la ley pasa al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y todavía no está vigente. Los conteos de la votación difieren: entre 71 y 73 votos a favor y 34 en contra en lo general.

Una votación con cifras distintas

En lo general, el pleno aprobó el dictamen con entre 71 y 73 votos a favor y 34 en contra, según el conteo que se consulte. En lo particular, la denominación de la ley y los artículos no reservados obtuvieron 71 o 72 votos a favor y 37 en contra, sin abstenciones. sobrelínea no localizó la lista nominal oficial que concilie esas cifras.

Tabla: Votaciones de la Ley de Economía Digital en el Congreso

InstanciaFechaA favorEn contra
Cámara de Diputados6 de octubre327122
Comisiones del Senado14 de octubre198
Pleno del Senado, en lo general20 de octubre71 a 7334
Pleno del Senado, en lo particular20 de octubre71 o 7237

Lo que decide Hacienda

La ley faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para determinar en qué sectores y actividades podrán establecerse pagos exclusivamente digitales. Para los negocios y prestadores de servicios privados, la incorporación de pagos digitales es voluntaria como regla general, fuera de los sectores que Hacienda elija. Cuando una falla tecnológica impida recibir pagos digitales, se permite usar efectivo o cheque de manera temporal.

El texto incorpora además la CURP Digital para contratar servicios financieros a distancia y plantea que comercios y autoridades habiliten infraestructura para recibir pagos electrónicos.

Esto matiza la aclaración que las comisiones del Senado hicieron el 17 de octubre, cuando dijeron que la transición sería gradual, por sectores y plazos. Las fuentes consultadas no reportan un calendario en el articulado: los sectores los definirá Hacienda después de que la ley se publique.

Las objeciones en tribuna

El Partido Acción Nacional (PAN), en voz de José Máximo García, habló de voracidad recaudatoria y de mayor vigilancia fiscal por la CURP Digital y el Expediente Digital Ciudadano, previstos en los artículos 18 y 19. El legislador Sheffield consideró muy delicado conceder a un solo funcionario, al que llamó tecnócrata, la facultad de decidir un monopolio o un control de precios; su propuesta fue desestimada. Hubo también inconformidad de algunos legisladores de Morena.

La oposición advirtió que la obligación de aceptar pagos digitales puede generar costos adicionales por terminales, comisiones bancarias y conexión a internet, sobre todo para pequeños comercios y comunidades con conectividad limitada, y que podría traducirse en alza de precios.

Manuel Huerta Ladrón de Guevara, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Primera, defendió que vender en digital puede abrir crédito a tiendas y talleres. La iniciativa fue presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo como parte del Paquete Económico 2027.

El dictamen reconoce que 80.7 % de las unidades económicas usa efectivo para sus compras y que solo 41.4 % de los adultos hace o recibe pagos digitales, frente a un promedio de 59 % en América Latina y el Caribe. La brecha es de 17.6 puntos porcentuales. El ritmo del cambio dependerá, en buena medida, de qué sectores elija Hacienda y de cuándo lo haga.

Sectores, plazos y costos sin definir

No se conocen los primeros sectores obligados, ni los plazos ni las sanciones por no aceptar pagos electrónicos. Tampoco se ha precisado cuánto costará a un microcomercio cumplir, ni si el uso fiscal de la información de pago tendrá límites expresos más allá de lo que establecen los artículos 18 y 19.

La ley debe publicarse en el DOF para entrar en vigor; sobrelínea no localizó una fecha de publicación.

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